7 de noviembre de 2010

Luces y bicicleta.



En particular es falta leve no hacer uso por parte de los usuarios de bicicletas de los elementos y prendas reflectantes, de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley. Tambien sera sanción leve, circular sin hacer uso del alumbrado reglamentario."
"Las bicicletas, además, estarán dotadas de los elementos reflectantes debidamente homologados que reglamentariamente se determinen y que deberán poseer estos vehículos de acuerdo a dicha normativa. Cuando sea obligatorio el uso de alumbrado, los conductores de bicicletas además llevarán colocada alguna prenda reflectante si circulan por vía interurbana."

"Las bicicletas, para circular de noche, por tramos de vías señalizados con la señal de «túnel» o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, deberán disponer de los siguientes dispositivos: Luz de posición delantera y trasera, catadióptrico trasero, y podrán disponer de: catadióptricos en los radios de las ruedas y en los pedales."

Tipo de luz

Número

Color

Situación

Obligatorio o no

Luz de posición delantera

1

BLANCO

Delante

Obligatorio

Luz de posición trasera

1

ROJO

Detrás

Obligatorio

Catadióptricos traseros no triangulares

1

ROJO

Detrás

Obligatorio

Catadióptricos en los pedales

4

AMARILLO AUTO

2 en cada pedal

Opcional

Catadióptricos en los radios de las ruedas

.

AMARILLO AUTO

.

Opcional

Es importante señalar que es imposible que a un ciclista le quiten puntos:
"La pérdida de puntos únicamente se producirá cuando el hecho del que se deriva la detracción de puntos se produce con ocasión de la conducción de un vehículo para el que se exija autorización administrativa para conducir."


Las luces son obligatorias por la noche. Lo que no me queda claro es si es obligatorio llevar elementos reflectantes siempre, sea de día o de noche?? En la ley no queda nada claro.

http://www.reformaleydetrafico.es/pdf/BOE-A-2009-18732.pdf

http://dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/prensa_campanas/notas_prensa/NotasDePrensa0076.pdf

7 de noviembre de 2010 Por NicoNaiko con 1 comentario

1 comentarios:

Todos los conductores de vehículos y BICICLETAS quedan obligados a
someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles
intoxicaciones por alcohol. Igualmente quedan obligados los demás usuarios de la
vía cuando se hallen implicados en algún accidente de circulación

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